Colección: Artículos publicados | Publicación original: Medium | Imagen: Jorge Plaza Bárcena.

 

Con una larga historia anterior, la comarca de la Bureba adquirió personalidad durante la Edad Media. Fue el resultado de la organización de los territorios, obtenidos durante la primera expansión del condado castellano. Administrada -primero- en alfoces, más tarde conformaría una sola merindad. Con los cambios del siglo XIX, surgirá el Partido Judicial de Briviesca y su división en distintos ayuntamientos y entidades menores.

 


 

INDICE

 

1. Alfoces burebanos (s. IX–XII)

2. Organización en Merindades (s. XIII–XV)

3. Cuadrillas de la Bureba (s. XVI–XVIII)

4. Municipios y entidades menores

5. Provincia y Partidos Judiciales (s. XIX)

6. Organización eclesiástica

El primer testimonio documentado de la “Bureba”, como espacio con entidad territorial, la encontramos en el acto de fundación y dotación de la iglesia de San Juan de Orbañanos (867), recogido en el cartulario de San Millán de la Cogolla y donde dice así:

 

«…et terras que de manibus meis rumpi et fodi in Castella, in eciam in Ovarenes et in Boruevam»

 

La ocupación altomedieval de las tierras de la Bureba debe entenderse como la colonización oriental del reino asturiano, más allá del refugio defensivo al norte del Ebro, tras la invasión musulmana de la península (711) y la retirada estratégica hispana, promovida por Alfonso I (739–757).

El conde Rodrigo, legado del monarca Ordoño I (850–866), inició la expansión al sur del territorio que los árabes llamaban «Al-Qila» (Los Castillos), mediante “repoblaciones” u ocupaciones estratégicas, con la instalación permanente de tropas en ellas: Haro (854), Amaya (860), etc.

La posición suroriental del reino asturiano se consolidó décadas más tarde con el conde Diego Rodríguez, ya bajo el reinado de Alfonso III (866–910). Tomando como base el castillo de Pancorbo, éste adelantó la línea defensiva al valle del Arlanzón: Castrojeriz (882), Burgos (884), etc.

 

Emblema del condado de Castilla (Wikimedia).

 

La repoblación intensiva de la comarca burebana hubo de prolongarse a lo largo del siglo X, hasta la caída de la vanguardia califal, formada por las siempre amenazantes fortalezas de: Cellorigo, Cerezo, Ibrillos, Castildelgado y Grañón.

El nuevo espacio abierto al mediodía, más allá de los Montes Obarenes, destacó por la amplitud geográfica y la fertilidad de sus campos, lo que favoreció la proliferación de multitud de asentamientos estables a lo largo y ancho del territorio burebano.

En la necesidad de articular los nuevos dominios, el poder político favoreció la repoblación de la Bureba atrayendo a ella campesinos -procedentes de los valles del Ebro y de las altas tierras de Masa- mediante la adjudicación de lotes de tierra, a cambio de compromisos de trabajo y del pago de rentas.

 

1. Alfoces burebanos (s. IX–XII)

 

En las tierras castellanas, situados al norte del Duero, el “alfoz” (también llamado, suburbio territorium) definía el espacio sujeto a la jurisdicción y gobierno de un castillo en el que residía el delegado del conde, ejerciendo desde allí la autoridad regio-condal con el título de tenente (en ocasiones, iudex o senior).

La palabra parece tomada del árabe «al-hawz», con el sentido de “distrito” territorial, y se acompañaba del nombre del lugar sito a los pies de dicho castillo. Con vigencia plena entre los s. IXXII, el alfoz comprendía diversos espacios que abarcaban tanto la entidad principal como otros castillos, villas y aldeas cercanas.

 

Ciudad de Burgos, en el siglo XVI (Civitates Orbis Terrarum, 1572).

 

Dentro del alfozcada villa -lugar o aldea- disponía de su propio término municipal, con un concejo (o concilium) al frente del mismo. No hay consenso sobre si los alfoces cumplieron una función de control político y administrativo sobre todo el territorio, u otro fin bien distinto.

Algunos autores sostienen que surgieron -exclusivamente- como mecanismo de custodia de los dominios patrimoniales del conde o monarca (regalengum). Posesiones que irían perdiendo en favor de los monasterios -mediante dotaciones y donaciones- y transfiriendo paulatinamente a la nobleza local, dando con ello lugar a los “señoríos” feudales.

 

Nota: en la Extremadura castellana, la organización (s. XI–XII) se hizo en “Comunidades de Villa y Tierra”. A diferencia de los alfoces, en las comunidades al sur del Duero eran los concejos urbanos de las grandes villas quienes ejercían la potestad sobre la comarca circundante y sus aldeas.

 

Dejando al margen el territorio septentrional de la primitiva Castilla (o Castella Vetula), germen territorial y baluarte defensivo al resguardo permanente del Ebro y los Montes Obarenes, los nuevos territorios incorporados al condado castellano contaban con más de una treintena de alfoces, para finales del siglo IX:

 

Burgos, Ubierna, Monasterio, Poza, Briviesca, Pancorbo, Cerezo, Oca, Pedroso, Ausín, Santa Cruz de Juarros, Arlanzón, Lara, Hontoria, Huerta, Clunia, Ura, Tabladillo, Muño, Lerma, Escuderos, Bembibre, Castrojeriz, Ordejón, Panizares, Villadiego, Mansilla, Amaya…

 

Aunque hablamos de un sistema de organización territorial dinámico que se adaptó a los cambios socio-políticos de la época, en las tierras burebanas tenemos confirmada la existencia -a lo largo del tiempo- de [4] alfoces: Pancorbo, Briviesca, Monasterio y Poza; así como de un quinto alfoz, cuya adscripción resulta (aún hoy) controvertida.

 

Barrera montañosa de los Obarenes, desde la Bureba (Jorge Plaza Bárcena).

 

En documentación del año 967 se nombra -por primera y única vez- al alfoz de Oña y se relaciona con el también llamado alfoz de Piedralada (o Petralata). Desde el castillo roquero que asomaba a la Bureba, este alfoz sufriría una restructuración y un cambio de identidad, tras la fundación del monasterio de San Salvador de Oña (1011).

 

1.1 Alfoz de Briviesca

Lindaba por el norte y oeste con los otros tres alfoces burebanos de Monasterio, Poza y Pancorbo. Mientras, en su vertiente más meridional lo hacía con los de Cerezo, Oca y Arlanzón (ver mapa) .

El alfoz de Briviesca tenía su centro en la fortaleza que presidía el cerro de San Juan y desde la que se controlaba el paso histórico por el valle medio del río Oca. Lo encontramos ya documentado desde mediados del siglo XI (1065) en un diploma de San Pedro de Cardeña, donde se dice:

 

«…deinde donamus nostra divisa in Quintanilla in alfoze de Vervesca»

 

Los límites entre los alfoces de Briviesca (o Río Vesga) y de Monasterio resultan poco precisos, por lo que alguno de los [12] lugares hoy habitados adjudicados al primero pudieron pertenecer al segundo.

 

1.1 ALFOZ DE BRIVIESCA - LUGARES HABITADOS :

- Aguilar de Bureba
- Bañuelos de Bureba
- Briviesca
- Buezo
- Cameno
- Castil de Peones
- Prádanos de Bureba
- Quintanillabón
- Reinoso
- Revillalcón
- Valdazo
- Vileña

(Fuente: "Pueblos y Alfoces burgaleses de la repoblación", 1987).

 

1.2 Alfoz de Monasterio

Se situaba al sur de los también burebanos alfoces de Poza y Briviesca. Los de Burgos y Arlanzón marcaban su límite meridional, mientras el occidental lo establecía con el alfoz de Ubierna (ver mapa) .

El centro de poder residía en la fortaleza militar, aún hoy perfectamente distinguible. Probablemente, ésta fuera levantada en el último cuarto del siglo IX para custodiar el avance hacia Burgos (884) y el valle del Arlanzón.

La falta de testimonios históricos dificulta establecer con precisión los límites de este alfoz, de manera que varios de los [9] lugares hoy habitados asignados al alfoz de Monasterio pudieron bien depender de la fortaleza de Briviesca.

 

1.2 ALFOZ DE MONASTERIO - LUGARES HABITADOS :

- Ahedo de Bureba
- Caborredondo
- Galbarros
- Monasterio
- Quintanavides
- Revillagodos
- San Pedro de la Hoz
- Santa Olalla de Bureba
- Temiño (El Barrio).

(Fuente: "Pueblos y Alfoces burgaleses de la repoblación", 1987).

 

1.3 Alfoz de Pancorbo

Al norte delimitaba -de oeste a este- con los alfoces de Piedralada y de Término (o Santa Gadea). A oriente y sur lo hacía con los de Cellorigo y Cerezo, ambos en la Merindad de Rioja. Mientras, por occidente lindaba -de norte a sur- con los alfoces de Poza y de Briviesca (ver mapa) .

Protegiendo desde las alturas el estratégico desfiladero formado por el río Oroncillo, el alfoz de Pancorbo aparece documentado en diplomas emilianenses de 1114, en los que se hace también referencia a la villa de Valluércanes:

 

«…deinde donamus nostra divisa in Quintanilla in alfoze de Vervesca»

 

A este alfoz se le atribuye un número aproximado de [43] lugares, de los cuales [23] todavía se encuentran habitados:

 

1.3 ALFOZ DE PANCORBO - LUGARES HABITADOS :

- Altable
- Berzosa de Bureba
- Busto de Bureba
- Calzada de Bureba
- Cascajares de Bureba
- Cubo de bureba
- Foncea (La Rioja).
- Fuentebureba
- Grisaleña
- Marcillo
- Miraveche
- Pancorbo
- Quintanaélez
- Quintanilla Cabe Soto
- Quintanilla San García
- Santa María Ribarredonda
- Silanes
- Soto de Bureba
- Vallarta
- Valluércanes
- Vid de Bureba, La
- Villanueva de Teba
- Zuñeda

(Fuente: "Pueblos y Alfoces burgaleses de la repoblación", 1987).

 

1.4 Alfoz de Poza

Se extendía por el territorio que colindaba al norte con los alfoces de Tedeja y Piedralada (ambos en la Merindad de Castilla la Vieja) y al este con los alfoces de Pancorbo y Briviesca. Al sur lo hacía con el también burebano alfoz de Monasterio y al oeste con los de Siero (o Sedano) y de Ubierna (ver mapa) .

La fortaleza altomedieval se asentaba en el paraje conocido como el “castellar”, controlando el entorno desde el corazón mismo del diapiro salino. El alfoz de Poza es citado por vez primera en un diploma del monasterio de Oña, fechado el 14 de mayo de 1011:

 

«Solas in alfos de Posa … et exinde ad defessam de Arconada que est mea de alfoz de Posa»

 

El alfoz pozano abarcaba [102] lugares, convirtiéndose en el más extenso de la Merindad de Bureba y en uno de los más grandes de la actual provincia burgalesa. Muchos pasaron pronto a despoblarse, especialmente tras la “Repoblación de Andalucía” del siglo XIII, llegando al presente habitados [42] lugares, únicamente.

 

1.4 ALFOZ DE POZA - LUGARES HABITADOS :

- Abajas
- Aguas Cándidas
- Arconada
- Bárcena de Bureba
- Barrio de Díaz Ruiz
- Barrios de Bureba, Los
- Bentretea
- Cantabrana
- Carcedo de Bureba
- Castellanos de Bureba
- Castil de Lences
- Cornudilla
- Hermosilla
- Hozabejas
- Lences
- Lermilla
- Llano de Bureba (Solas).
- Movilla
- Navas de Bureba
- Ojeda
- Padrones de Bureba
- Parte de Bureba, La
- Piérnigas
- Pino de Bureba
- Poza de la Sal
- Quintanabureba (Quintanayuso).
- Quintanaopio
- Quintanarruz
- Quintanaurría
- Quintanilla Cabe Rojas
- Río-Quintanilla
- Rojas
- Rublacedo de Abajo
- Rublacedo de Arriba
- Rucandio
- Salas de Bureba
- Salinillas de Bureba
- Solduengo
- Tamayo (Oña).
- Terminón
- Terrazos
- Vesgas, Las

(Fuente: "Pueblos y Alfoces burgaleses de la repoblación", 1987).

 

2. Organización en Merindades (s. XIII–XV)

 

Al incorporarse la titularidad del condado de Castilla a la del rey de León, en la figura de Fernando I (1038), los territorios iniciaron un lento proceso de re-estructuración hacia un nuevo modelo de demarcación que recibió el nombre de: “merindad”.

Las primeras merindades fueron las de Castilla, León y Galicia, de las que -posteriormente- se desgajarían otras, como: Asturias, Álava y Guipúzcoa.

 

Emblema de la corona de Castilla (Wikimedia).

Al frente de ellas, el Merino Mayor era directamente designado por el rey, cumpliendo funciones recaudatorias y cobrando los tributos de asignación real: alcabalas, monedas, servicios, etc. Posteriormente, éste iría adquiriendo nuevas competencias como la de impartir justicia, atender los requerimientos del monarca y mantener la paz en el territorio.

Con la expansión hacia el sur (s. XIII–XIV), se creará la figura del “adelantamiento” fronterizo, con funciones similares a la merindad mayor. En ocasiones, veremos en las fuentes utilizar (indistintamente) ambas voces para referirse con ellas al mismo territorio.

 

2.1 Merindad Mayor de Castilla

La ciudad de Burgos fue la cabeza de la llamada Merindad Mayor de Castilla que alcanzaba un total de [2.402] lugares y se extendía por más de 30.000 km², entre el río Cea y la frontera con el reino de Navarra (de oeste a este) y desde la divisoria meridional del Duero hasta la costa del Cantábrico.

Sólo esbozado a medidos del siglo XI, la nueva organización territorial -basada en merindades y adelantamientos– acabó de perfilarse en la siguiente centuria, bajo los reinados de Alfonso VII (1126–1157) y Alfonso VIII (1158–1214).

 

Fuente: “Libro becerro de las behetrías. Estudio y texto crítico” (1981).

 

Los primeros “merinos” (merinus o maiorinus) convivieron con un sistema de alfoces y tenencias monopolizado por las grandes magnates locales, mientras los nuevos oficiales -en su papel de delegados del rey– ejercían el contrapeso centralizador en cada uno de los territorios del reino.

Durante el reinado Alfonso X (1252–1284) el sistema de selección de los merinos cambió. Los miembros de la baja y media nobleza fueron apartados de la carrera, en beneficio de la alta aristocracia. En la Baja Edad Media, el cargo dejó de ser un oficio de la administración real y pasó a convertirse en un título de concesión privativa.

 

2.2 Merindad Menor de Bureba

La gran Merindad de Castilla se subdividió en [19] menores, una de las cuales era la Merindad de Bureba. La nueva entidad aglutinaba los territorios de los [4] alfoces burebanos: Briviesca, Monasterio, Pancorbo y Poza.

Las atribuciones de los merinos menores fueron definiéndose en un proceso gradual (s. XII–XIII) de asimilación de los primitivos alfoces. En una fase inicial de su configuración -como distrito único administrativo- el territorio burebano obtuvo la consideración de: “tenencia”.

 

«Comessanus (sic) comes tenente Borouiam» (Alfonso VI, 1102–1106).

 

El sistema de tenencias resultó un modelo transitorio que antecedió a la organización territorial en merindadesSe implantó en Castilla por influencia del modelo navarro-aragonés que, durante diferentes períodos de los siglos XI y XII, impuso su influencia y dominio político sobre todo o (al menos) buena parte del territorio castellano.

A lo largo del XIII, el proceso de asimilación y transformación en merindades pareció completarse, primero en mayores y -más adelante- en menores. De este período existen sobrados testimonios en los que la monarquía hace mención expresa a sus oficiales delegados en el distrito de la Bureba como merinos (adelantados o -también- iudex maior).

 

«Los nuestros merynos que andan por nos en la meryndat de Burueua e de Rrioia» (Alfonso X, 1270).

 

Desde entonces, observamos como la Bureba adquiere una personalidad territorial inherente, de rasgos marcadamente rurales, acotada por una geografía bien definida y bajo el influjo de los grandes dominios monásticos de Oña, Las Huelgas y Vileña.

La Merindad de Bureba se distinguiría -así- de otros territorios vecinos que vieron emerger nuevos centros urbanos aforados, como: Belorado (1116), Miranda de Ebro (1177), Medina de Pomar (1181), Frías (1202), etc.; hasta conformar verdaderos señoríos concejiles, con autoridad sobre un amplio número de aldeas.

 

Plano de la villa de Briviesca (Francisco Coello, 1868).

 

Aunque con un menor alcance, este fenómeno lo experimentaron también los concejos de Briviesca (1123) y Pancorbo (1147), antiguas cabezas de alfoz, tras la concesión de sus respectivos fueros. La pujanza de ambas villas derivó -durante siglos- en una feroz competencia, traducida en continuos litigios por demostrar su primacía en la comarca.

Los conflictos jurisdiccionales, ocasionados por las generosas concesiones reales de la época, afectaron también a los señoríos eclesiásticos. Es el caso de la larga disputa entre el concejo de Frías y el monasterio de San Salvador de Oña, por las propiedades otorgadas al primero -en la puebla de 1202- y que el segundo reclamaba como propias.

 

Nota: especialmente durante los siglos XII y XIII, se llevó a cabo -por iniciativa real- el reconocimiento de privilegios otorgados a villas históricas y a nuevas fundaciones urbanas, en forma de “fueros” y “cartas puebla. En ellos se establecieron exenciones, reconocieron propiedades y ratificaron derechos.

 

Esta división territorial en merindades (tanto mayores como menores) continuó plenamente vigente hasta el siglo XV y -en algunos aspectos- durante las centurias posteriores. Con la llegada del Estado Moderno las instituciones evolucionaron, del mismo modo que aparecieron nuevos oficiales de la administración central, como los corregidores.

Desde principios del XVIII, la organización jurisdiccional del reino sería nuevamente reformada y sustituida por una división administrativa de corte borbónica, articulada territorialmente en un régimen de “intendencias” provinciales, inspirada en el modelo francés de la época.

 

Partido de Bureba, en la intendencia provincial de Burgos (Tomás López, 1784).

 

3. Cuadrillas de la Bureba (s. XVI–XVIII)

 

El censo elaborado a finales del siglo XVI (recogido por Tomás González, en 1829) detallaba las jurisdicciones existentes en la provincia de Burgos, subdividida en: ciudades, cuadrillas, merindades, partidos, etc.; y reflejaba también las distintas poblaciones existentes y su número de moradores.

 

3.1 Cuadrilla de Caderechas

La primera de las siete cuadrillas en que históricamente se dividió la Merindad de Burebadentro de la Intendencia de Burgos. Estaba conformada por [14] villas, [1] despoblado (Pineda, en el término de Tamayo) y [1] coto redondo (Viruela, entre Terminón y Castellanos).

La mayor parte de las villas [10] contaban con condición de realengo, contribuyendo fiscalmente a la corona en exclusiva, al disponer de «jurisdicción sobre sí», probablemente adquirida por ellas mismas.

Mientras, [3] villas debían pagar tributos al monasterio de Oña (Castellanos, Cornudilla y Pino), por los derechos de abadengo que regían sobre ellas. Por su parte, la villa de Ojeda los tenía compartidos con el convento de las clarisas de San Diego, de Alcalá de Henares.

 

3.1 CUADRILLA DE CADERECHAS - FINALES DEL S.XVIII :

- Aguas Cándidas (villa, realengo).
- Bentretea (villa, realengo).
- Cantabrana (villa, realengo).
- Castellanos (villa, abadengo).
- Cornudilla (villa, abadengo).
- Ozabejas (villa, realengo).
- Ojeda (villa, realengo y abadengo).
- Padrones (villa, realengo).
- Pineda [Tamayo] (despoblado, realengo).
- Pino (villa, abadengo).
- Quintana Opio (villa, realengo).
- Río Quintanilla (villa, realengo).
- Salas (villa, realengo).
- Tamayo (villa, realengo).
- Terminón (villa, realengo).
- Viruela [Oña] (coto redondo, abadengo).

(Fuente: "Nomenclátor de Floridablanca", 1789).

 

A la caída del “Antiguo Régimen” (1833) todas las villas de las Caderechas fueron constituidas como ayuntamientos propios, con su misma denominación. Los [14] municipios quedaron incluidos en el Partido Judicial de Briviesca, de la recién creada provincia constitucional de Burgos.

En el nomenclátor de 1858, el número de ayuntamientos se había reducido a [9] municipios y sus respectivas entidades locales menores: Aguas Cándidas (Aguas Cándidas, Quintanaopio y Río-Quintanilla), Bentretea, Cantabrana, Padrones de Bureba, Pino de Bureba (Castellanos y Pino), Rucandio (Hozabejas, Ojeda y Rucandio), Salas de Bureba, Tamayo y Terminón.

 

3.2 Cuadrilla de Cameno

Otra de las siete cuadrillas en que históricamente se dividió la Merindad de Burebadentro de la Intendencia de Burgos. Estaba formada por [8] villas, con jurisdicción de realengo, a excepción del despoblado de Tejuelas. Este último figuraba (a finales del XVIII) como coto redondo de Don Gaspar de Concha.

 

3.2 CUADRILLA DE CAMENO - FINALES DEL S.XVIII :

- Aguilar (villa, realengo).
- Buezo (villa, realengo).
- Cameno (villa, realengo).
- Quintana Bureba (villa, realengo).
- Quintana Suso (villa, realengo).
- Quintanilla de Bon (villa, realengo).
- Salinillas (villa, realengo).
- Tejuelas (despoblado, señorío).
- Terrazos (villa, realengo).

(Fuente: "Nomenclátor de Floridablanca", 1789).

 

A la caída del “Antiguo Régimen” (1833) todas las villas, salvo Quintanasuso, quedaron constituidas como [7] ayuntamientos propios, con su misma denominación; incorporándose al Partido Judicial de Briviesca, en la recién creada provincia constitucional de Burgos.

En el nomenclátor de 1858, las villas se habían reagrupado y el número de ayuntamientos reducido.

 

3.3 Cuadrilla de La Vid

La tercera de las siete cuadrillas en que históricamente se dividió la Merindad de Burebadentro de la Intendencia de Burgos. Estaba formada por [15] villas y el despoblado de San Pedro, en el término de Las Vesgas. A excepción de las [4] villas de: Los Barrios, Berzosa, Hermosilla y Solduengo; el resto de las [11] villas disponía de jurisdicción de realengo.

 

3.3 CUADRILLA DE LA VID - FINALES DEL S.XVIII :

- Barrio de Diaruiz (villa, realengo).
- Barrios, Los (villa, señorío).
- Berzosa (villa, señorío).
- Cascajares (villa, realengo).
- Hermosilla (villa, señorío).
- Marcillo (villa, realengo).
- Navas (villa, realengo).
- Parte, La (villa, realengo).
- Quintana Elez (villa, realengo).
- Quintanilla Cabesoto (villa, realengo).
- San Pedro [Las Vesgas] (despoblado, realengo).
- Solduengo (villa, abadengo).
- Soto (villa, realengo).
- Vesgas, Las (villa, realengo).
- Vid, La (villa, realengo).
- Vileña (villa, realengo).

(Fuente: "Nomenclátor de Floridablanca", 1789).

 

A la caída del “Antiguo Régimen” (1833) todas las [15] villas de la cuadrilla quedaron constituidas como ayuntamientos propios, con su misma denominación; incorporándose al Partido Judicial de Briviesca, en la provincia constitucional de Burgos.

En el nomenclátor de 1858, el número de ayuntamientos se había reducido a [13] municipios. El ayuntamiento de Las Vesgas agrupó a dos entidades menores (Terrazos y Las Vesgas), mientras que el ayuntamiento de Solduengo lo hizo con otras dos (Barrio de Díaz Ruiz y Solduego).

 

3.4 Cuadrilla de Prádanos

La más meridional de las siete cuadrillas en que históricamente se dividió la Merindad de Burebadentro de la Intendencia de Burgos. Estaba formada por [10] villas de jurisdicción real y el despoblado de Quintanilleja, en el término de Bañuelos de Bureba.

 

3.4 CUADRILLA DE PRÁDANOS - FINALES DEL S.XVIII :

- Ahedo (villa, realengo).
- Bañuelos (villa, realengo).
- Caborredondo (villa, realengo).
- Galbarros (villa, realengo).
- Prádano (villa, realengo).
- Quintanavides (villa, realengo).
- Quintanilleja [Bañuelos] (despoblado, realengo).
- Reynoso (villa, realengo).
- San Pedro de la Hoz (villa, realengo).
- Santa Olalla (villa, realengo).
- Temiño (villa, realengo).

(Fuente: "Nomenclátor de Floridablanca", 1789).

 

A la caída del “Antiguo Régimen” (1833) todas las [10] villas de la cuadrilla quedaron constituidas como ayuntamientos propios, con su misma denominación; incorporándose al Partido Judicial de Briviesca, en la nueva provincia constitucional de Burgos.

En el nomenclátor de 1858, las villas se habían reagrupado y el número de ayuntamientos reducido. La villa de Temiño (con sus dos barrios) quedó unida -como entidad menor- al municipio de Robredo-Temiño e incluida en el Partido Judicial de Burgos.

 

3.5 Cuadrilla de Quintanilla San García

La menor de las siete cuadrillas en que históricamente se dividió la Merindad de Burebadentro de la Intendencia de Burgos. Estaba formada por [6] villas, todas ellas con jurisdicción de realengo, entre las que se incluía la villa de Foncea, actualmente en La Rioja.

 

3.5 CUADRILLA DE QUINTANILLA SAN GARCÍA - FINALES DEL S.XVIII :

- Altable (villa, realengo).
- Ameyugo (villa, realengo).
- Foncea (villa, realengo).
- Quintanilla San García (villa, realengo).
- Vallarta (villa, realengo).
- Valluércanes (villa, realengo).

(Fuente: "Nomenclátor de Floridablanca", 1789).

 

A la caída del “Antiguo Régimen” (1833) todas las [6] villas de la cuadrilla quedaron constituidas como ayuntamientos propios, con su misma denominación; distribuyéndose entre los partidos judiciales de Briviesca y de Miranda de Ebro, en la joven provincia constitucional de Burgos.

 

3.6 Cuadrilla de Rojas

La más numerosa de las siete cuadrillas en que históricamente se dividió la Merindad de Burebadentro de la Intendencia de Burgos. Estaba formada por [18] villas, además de los despoblados de San Clemente y San Pedro de Cañucas.

Salvo Lences, Piérnigas y Solas (Llano de Bureba), el resto de las villas [15] disponían de jurisdicción real. En ella se incluía la localidad de Rucandio, la cual distaba geográficamente de todas las demás.

 

3.6 CUADRILLA DE ROJAS - FINALES DEL S.XVIII :

- Abaxas (villa, realengo).
- Arconada (villa, realengo).
- Bárcena (villa, realengo).
- Carcedo (villa, realengo).
- Castil de Lences (villa, realengo).
- Lences (villa, señorío).
- Lermilla (villa, realengo).
- Movilla (villa, realengo).
- Piérnigas (villa, abadengo).
- Quintana Ruz (villa, realengo).
- Quintana Urria (villa, realengo).
- Quintanilla Cabe-Roxas (villa, realengo).
- Roxas (villa, realengo).
- Rublacedo de abajo (villa, realengo).
- Rublacedo de arriba (villa, realengo).
- Rucandio (villa, realengo).
- San Clemente [Lermilla] (despoblado, realengo).
- San Pedro de Cañucas [Abaxas] (despoblado, realengo).
- Solas (villa, abadengo).
- Valdearnedo (villa, realengo).

(Fuente: "Nomenclátor de Floridablanca", 1789).

 

A la caída del “Antiguo Régimen” (1833) todas las [18] villas quedaron constituidas como ayuntamientos propios, con su misma denominación; incorporándose al Partido Judicial de Briviesca. En el nomenclátor de 1858, las villas se habían reagrupado y el número de ayuntamientos reducido.

La localidad de Rucandio se agregó como entidad menor al municipio con su misma denominación, junto a las villas de Hozabejas y Ojeda. Más adelante, el ayuntamiento de Rucandio recibiría los lugares de Huéspeda, Madrid y Herrera, anteriormente incluidos en el municipio de Merindad de Valdivielso.

 

3.7 Cuadrilla de Santa María Ribarredonda

La última de las siete cuadrillas en que históricamente se dividió la Merindad de Burebadentro de la Intendencia de Burgos. Estaba formada por [9] villas, todas ellas de jurisdicción real.

 

3.7 CUADRILLA DE SANTA MARÍA RIBARREDONDA - FINALES DEL S.XVIII :

- Calzada (villa, realengo).
- Cubo (villa, realengo).
- Fuente Bureba (villa, señorío).
- Miraveche (villa, realengo).
- Santa María Ribaredonda (villa, realengo).
- Silanes (villa, realengo).
- Ventosa (villa, realengo).
- Villanueva del Conde (villa, realengo).
- Zuñeda (villa, realengo).

(Fuente: "Nomenclátor de Floridablanca", 1789).

 

A la caída del “Antiguo Régimen” (1833) todas las [9] villas de la cuadrilla quedaron constituidas como ayuntamientos propios, con su misma denominación; incorporándose a los partidos judiciales de Briviesca y de Miranda de Ebro.

En el nomenclátor de 1858, las villas se habían reagrupado y el número de ayuntamientos reducido.

 

La villa de Pancorbo y el castillo de Santa Marta (Justin Taylor, 1826).

 

4. Municipios y entidades menores

 

4.1 Antiguo orden local

La jurisdicción local, de principios del siglo XIX, era el resultado de complejos avatares históricos acumulados durante siglos y representaba un variopinto escenario, en el que la corona y los distintos señoríos ejercían sus derechos y obtenían copiosas rentas.

Hasta el siglo XI, los centros de población -tanto urbanos como rurales- fueron simples lugares de habitación y agrupamiento; de manera que cualquier organización administrativa local (pre-existente) no era reconocida oficialmente y carecía de la legitimidad necesaria.

En su mayoría, actuaban como una red de explotaciones rurales que salpicaban el territorio, en forma de: villas, lugares, aldeas, etc. Entre todas ellas destacaban ciertas aglomeraciones urbanas, con motivo de albergar un centro de poder político (Poza de la Sal, Briviesca, Pancorbo) o un importante monasterio, como le sucedía a la villa de Oña.

 

Claustro de la abadía de San Salvador de Oña (Genaro Pérez de Villaamil, 1842).

 

La vida urbana experimentó (a partir del siglo XI) un creciente auge que se tradujo en el reconocimiento de las instituciones de gobierno municipal. Las ordenanzas locales -surgidas en este período- se caracterizaron por la libertad que conferían al individuo frente al vasallaje, dominante en el medio rural.

Dentro de los modelos de organización local existentes, el “concejo abierto” (o asamblea vecinal) estaba integrado por todos los hombres libres de la localidad; quienes se ayuntaban a reunión después de la misa dominical, «a campana tañida», en el atrio de la iglesia u otro espacio habilitado.

En dicha asamblea abierta, la comunidad actuaba según dictaba la costumbre, regulando las actividades de interés general que afectaban a los bienes y aprovechamientos comunales, tales como: pastos, montes, hornos, molinos…

 

Fuente: “Privilegio de Hidalguía de Pedro y Rodrigo de la Luz” (colección particular).

 

Por contra, el “concejo cerrado” reunía sólo a las personas que ostentaban cargos públicos, elegidos libremente entre los vecinos, conformando el cabildo local (o ayuntamiento). Éste suponía la plasmación -a escala municipal- de las instituciones administrativas vigentes, representadas a través de: jueces, alcaldes, jurados, hombres buenos, escribanos…

Los primeros privilegios otorgados a los grandes concejos -mediante fueros y cartas de poblamiento (s. XII y XIII)- fueron dispares y apenas incidían en cómo debían organizarse, de modo que su funcionamiento quedó regulado a través de ordenanzas municipales, dictadas por las propias villas.

 

Nota: los grandes concejos al norte del Duero nacen, con Alfonso VII (1126–1157), a imagen de las “Comunidades de Villa y Tierra con las que se repobló el amplio territorio que se abría al empuje castellano-leonés, desde la toma de Toledo (1085).

 

El creciente interés de la corona, por controlar los órganos de gobierno local, llevó a su conversión -a partir del siglo XIV- en “regimientos” y al nombramiento de los regidores municipales. Más adelante, esta injerencia se acentuaría con la designación directa de los corregidores reales y la formación de los corregimientos.

A finales de del siglo XVIII, existían en la actual provincia de Burgos un total de [1.351] jurisdicciones locales, distribuidas entre: [2] ciudades (Burgos y Frías), [453] villas, [691] lugares y [27] aldeas; además de contar también con numerosos: barriosvallesarrabalesconcejosgranjasventasmonasterioscotos redondos y despoblados.

 

4.1 JURISDICCIONES LOCALES - INTENDENCIA PROVINCIAL DE BURGOS (1785)

A. ENTIDADES MAYORES:

- Ciudades ........................................ 2
- Villas ........................................ 453

B. ENTIDADES MENORES:

- Lugares ........................................ 691
- Aldeas ........................................ 27
- Barrios ........................................ 58
- Valle ........................................ 1
- Arrabal ........................................ 1
- Concejos ........................................ 4
- Granjas ........................................ 46
- Ventas ........................................ 7
- Monasterios ........................................ 3
- Cotos redondos ........................................ 13
- Despoblados ........................................ 45

(Fuente: "Censo de Floridablanca", 1787).

 

La abolición de los señoríos, junto con la necesidad de instaurar un administración moderna y homogénea, exigió una reforma profunda de las instituciones municipales que fue abordada -por vez primera- en la constitución de 1812.

 

4.2 Nuevo orden local

Sin embargo, los grandes cambios en el orden local no llegarían hasta la muerte de Fernando VII (1833). A partir de entonces, se sucedieron las regulaciones, derogaciones y restauraciones, hasta la aprobación de la definitiva “Ley Municipal” de 1845.

 

4.2 PARTIDO DE BUREBA Y SU MERINDAD - FINALES DEL S.XVIII

1. Partido de Bureba:

- Arcefoncea (lugar, señorío).
- Arraya (villa, señorío).
- Ayuelas (villa, realengo).
- Berberana (villa, señorío).
- Bercilla [Vedecilla en Poza] (despoblado, señorío).
- Bozoo (villa, realengo).
- Briviesca (villa, señorío).
- Busto (villa, señorío).
- Castil de Peones (villa, abadengo).
- Encio (aldea, señorío).
- Grisaleña (villa, señorío).
- Monasterio de Rodilla (villa, señorío).
- Montañana (villa, realengo y abadengo).
- Moriana (villa, señorío).
- Moscadero (granja, abadengo).
- Obarenes (villa, abadengo).
- Oña (villa, abadengo).
- Pancorbo (villa, señorío).
- Piedralengua [Santa Gadea] (granja, abadengo).
- Portilla (villa, realengo).
- Poza (villa, señorío).
- Revillagodos (lugar, abadengo).
- Revillalcón (lugar, abadengo).
- Ruyales (granja, abadengo).
- Santa Gadea (villa, realengo).
- Sante (despoblado, abadengo).
- Santiago de Veruela [Bozoo] (despoblado, abadengo).
- Valdazo (lugar, abadengo).
- Valdenubla (despoblado, abadengo).
- Valderueda (granja, abadengo).
- Vallartilla (granja, abadengo).
- Valpuesta (villa, abadengo).
- Villanueva Soportilla (villa, realengo).

2. Cuadrilla de Caderechas (ver cuadro 3.1)

3. Cuadrilla de Cameno (ver cuadro 3.2)

4. Cuadrilla de La Vid (ver cuadro 3.3)

5. Cuadrilla de Prádanos (ver cuadro 3.4)

6. Cuadrilla de Quintanilla San García (ver cuadro 3.5)

7. Cuadrilla de Rojas (ver cuadro 3.6)

8. Cuadrilla de Santa María Ribarredonda (ver cuadro 3.7)


(Fuente: "Nomenclátor de Floridablanca", 1789).

 

El marco resultante -posterior a la ley de municipios de 1845- dejaba a la provincia de Burgos con el mayor número de ayuntamientos del país; un total de [734] municipios, distribuidos por los [12] partidos judiciales de la nueva provincia constitucional.

El Partido Judicial de Briviesca (P.J. de Briviesca) quedó conformado por [91] pueblos, repartidos en [88] ayuntamientos y una población 15.492 habitantes. Prácticamente todos los pueblos disponían de ayuntamiento propio, a excepción de Tobera y Quintanaseca (ambos, barrios de Frías) y Quintanasuso (despoblado en el término de Quintanabureba).

Esta desproporción de ayuntamientos estaba ya parcialmente corregida en 1858, cuando la recién creada Comisión Estadística del Reino publicó su “Nomenclátor de los pueblos de España”. Para esa fecha, en el P.J. de Briviesca el número se había reducido a [55] ayuntamientos y los [33] restantes se incorporaron a los primeros, como entidades locales menores (o pedanías).

Excepcionalmente, entre 1858 y 1869, se crearon [2] nuevos ayuntamientos: Quintanabureba (anteriormente, incluido en Salinillas) y Piérnigas (agregado anteriormente a Rojas). Así mismo, el municipio de Tamayo desapareció, uniéndose Oña.

Por su parte, las entidades menores de Huéspeda, Madrid de las Caderechas y Herrera de Valdivielso abandonaron el “partido alto” (dentro del municipio de Merindad de Valdivielso) y se incorporaron definitivamente al ayuntamiento de Rucandio.

 

Distribución de los PP.JJ. de la provincia de Burgos (en la actualidad).

 

Con el agudo fenómeno de despoblación de la segunda mitad del siglo XX, el número de municipios se vio nuevamente reducido y agrupado en los [44] ayuntamientos actuales, que -junto a los [23] asumidos del extinto P.J. de Belorado- conforman el actual P.J. de Briviesca (ver cuadro 5.2.3) .

 

5. Provincia y Partidos Judiciales (s. XIX)

 

Desde comienzos del siglo XVI, estando aún vigente el sistema de merindades y adelantamientos, aparece una nueva demarcación fiscal para el cobro de los serviciosordinariosextraordinarios y millones.

Estos distritos, creados inicialmente con un fin recaudatorio, recibieron el nombre de “provincias” y se establecieron entorno a las [18–21] ciudades con derecho a voto en Cortes, siendo Burgos la primera de aquellas en su condición de: «Caput Castellae … Prima Voce …».

 

5. 1 Provincia de Burgos

En el censo de 1591–1594, se detallan las subdivisiones jurisdiccionales de la primitiva provincia de Burgos en: ciudades, cuadrillas, merindades, partidos, etc.; con los pueblos que las conformaban y el número de vecinos contribuyentes en cada una de ellas.

 

Distribución de los territorios de la corona de Castilla (finales del siglo XVI).

 

La provincia burgalesa de finales del siglo XVI se ceñía geográficamente -de manera más o menos aproximada- a la actual provincia de Burgos, la (futura) provincia de Santander y gran parte de la de Logroño; así como se organizaba y distribuida en [3] grandes demarcaciones:

 

  • PROVINCIA de Burgos.
  • PROVINCIA de la Merindad de Trasmiera.
  • PROVINCIA de las tierras del Condestable.

 

Las sucesivas reformas borbónicas del siglo XVIII, encaminadas a intensificar el control central sobre el territorio, modificaron el mapa provincial anterior, estableciendo [22] intendencias castellanas. En él, la intendencia provincial de Burgos absorbía (1749) los territorios históricos de Álava y Vizcaya, para poco después desgajarse ambos y conformar -junto a Guipúzcoa- la Intendencia de las Provincias Vascongadas.

En el Censo de Floridablanca (1787), la Intendencia de Burgos comprendía 21.507 km² y se extendía por distintos territorios distribuidos por las futuras provincias de: Burgos, Santander, Logroño, Soria, Palencia y Oviedo (ver mapa) .

 

5.1 EXTENSIÓN DE LA INTENDENCIA PROVINCIAL DE BURGOS - FINALES S.XVIII :

- Burgos ........................................ 13.789 km²
- Santander ........................................ 4.223 km²
- Logroño ........................................ 2.609 km²
- Soria ........................................ 449 km²
- Palencia ........................................ 216 km²
- Oviedo ........................................ 210 km²

(Fuente: "Censo de Floridablanca", 1787).

 

Durante la invasión napoleónica (1808–1813), el gobierno de José I estableció una nueva división territorial del reino, en [38] prefecturas y [111] subprefecturas; siguiendo un modelo guiado por la orografía, frente a criterios históricos. Así, la prefectura de Burgos (o Arlanzón), ceñida a un triángulo formado por los ríos Ebro-Arlanza-Pisuerga, se extendía por 11.355 km² y contaba con [3] subprefecturas: Burgos, Logroño y Calahorra.

 

División territorial en prefecturas y subprefecturas (1810).

 

En paralelo a ésta, las Cortes de Cádiz (1810–1814) trabajaron en un nuevo mapa territorial y establecieron, días antes de su disolución, una distribución en [39] provincias, entre las que se encontraba Burgos. Sin aplicación práctica, esta división constitucional se recuperó durante el Trienio Liberal (1820–1823), ampliando su número a [52], entre las cuales se incluyeron también las nuevas provincias de Santander y Logroño.

Durante el decenio absolutista posterior (1823–1833) la división territorial -como en muchos otros aspectos- se retrotrajo a la situación anterior a la invasión francesa, siendo distribuido nuevamente el reino en: [22] intendencias, [5] reinos no castellanos, Canarias y Vascongadas.

Pocos días después de la muerte de Fernando VII (1833), la reina regente nombraba como Secretario de Fomento a Don Javier de Burgos y le urgía una nueva división civil del reino, de la siguiente manera:

 

«Encargo que se dedique antes que todo a plantear y proponerme, con acuerdo del Consejo de Ministros, la división civil del territorio como base de la administración interior…» (21 de octubre de 1833).

 

Sin dilación -en poco más de un mes- se redactaba y aprobaba una distribución definitiva en [49] provincias (decreto, del 30 de noviembre de 1833) que llegará vigente hasta nuestros días, con muy pocas alteraciones (ver mapa) .

 

División territorial en provincias y regiones (1833).

En la división de 1833, La provincia de Burgos obtuvo una extensión de 14.328 Km², ligeramente superior a la de 1822 y muy próxima a los 14.292 km² de la actual. Para su configuración se respetaron los limites municipales de las poblaciones adscritas, aunque geográficamente éstas estuvieran -total o parcialmente- localizadas en otras provincias (enclaves).

Aunque careciendo de cualquier tipo de atribución, todas las provincias se agruparon en [15] regiones. La burgalesa quedó incluida en la región de Castilla la Vieja, junto con las provincias de: Ávila, Logroño, Palencia, Santander, Soria y Valladolid.

 

Primera sesión de las “Cortes de Cádiz”, en la Isla de León-San Fernando (1810).

 

5.2 Partido Judicial de Briviesca

La Constitución de Cádiz (1812), no sólo plateaba la división del país en provincias, sino que ideó también la creación de distritos judiciales, que en su mismo articulado denominó: “partidos”.

 

«Art. 273. Se establecerán partidos proporcionalmente iguales, y en cada cabeza de partido habrá un juez de letras con un juzgado correspondiente.»

 

Enfrascada en los últimos episodios de la contienda, Burgos se retrasó en el cumplimiento del mandato constitucional. La recién creada Diputación de Burgos -constituida, el 25 de septiembre de 1813- postergó el envío de la propuesta de división provincial, llegando ésta poco antes de la disolución de las Cortes (decreto real, del 4 de mayo 1814).

La división de la provincia de Burgos en [12] partidos judiciales fue aprobada por decreto (26 de julio de 1820) una vez restablecida la normalidad constitucional, tras el alzamiento del teniente coronel Rafael Riego en Las Cabezas de San Juan, el 1 de enero de ese mismo año.

 

5.2.1 PARTIDOS JUDICIALES DE LA PROVINCIA DE BURGOS - 1820 :

- Aranda de Duero
- Arauzo de Miel
- Aillón (provincia de Burgos, hasta 1833).
- Belorado
- Briviesca
- Burgos
- Castrojeriz
- Villahoz
- Miranda de Ebro
- Santo Domingo de la Calzada (provincia de Burgos, hasta 1833).
- Sedano
- Villarcayo

(Fuente: "Génesis histórica de la provincia de Burgos", 1983).

 

Superado el último paréntesis absolutista (1823–1833) que antecedió a la muerte de Fernando VII, las reformas liberales introducidas por la “Cortes de Cádiz”, revisadas y ampliadas durante el “Trienio Liberal” (1820–1823), volverían a recuperarse durante la regencia de la reina María Cristina y el reinado de Isabel II (1833–1868).

Con enorme celeridad, se aprobaba la división del país en [49] provincias y sus correspondientes partidos judiciales. Mediante decreto, del 21 de abril de 1834, se dividió la provincia de Burgos en [12] partidos judiciales, a la cabeza de los cuales se colocaron localidades que reunían méritos de centralidad territorial, pujanza económica y tradición histórica.

 

5.2.2 PARTIDOS JUDICIALES DE LA PROVINCIA DE BURGOS - 1834 :

- Aranda de Duero
- Belorado (suprimido).
- Briviesca
- Burgos
- Lerma
- Castrojeriz (suprimido).
- Miranda de Ebro
- Roa (suprimido).
- Salas de los Infantes
- Sedano (suprimido).
- Villadiego (suprimido).
- Villarcayo

(Fuente: "Génesis histórica de la provincia de Burgos", 1983).

 

El Partido Judicial de Briviesca (P.J. de Briviesca) resultó ser el heredero constitucional de los territorios del antiguo “Partido de Bureba y su Merindad”, incluido en la intendencia provincial de Burgos, anterior a la invasión francesa (ver cuadro 4.2) .

En su constitución, el P.J. de Briviesca estaba formado por [91] pueblos, englobados en [88] municipios, con una población total de 15.492 habitantes. Antes del año 1858, se habían suprimido [33] ayuntamientos y mantenido sólo [55] municipios.

 

Distribución de los PP.JJ. de la provincia de Burgos (finales del siglo XIX).

 

Entre 1934 y 1979, únicamente se produjeron [6] cambios que afectaron al P.J. de Briviesca: Herrera, Huéspeda, Madrid (Rucandio), Ranera (Partido de la Sierra en Tobalina) y Zangández (Oña), pasaron del P.J. de Villarcayo al de Briviesca; mientras, Quintanarruz (Merindad de Río Ubierna) pasó del P.J. de Briviesca al de Burgos.

El P.J. de Briviesca​ está formado -en la actualidad- por [67] municipios, tras recibir la asignación de [27] ayuntamientos antes pertenecientes al P.J. de Belorado, suprimido con la Ley de Demarcación y Planta Judicial de 1988.

 

5.2.3 MUNICIPIOS DEL PARTIDO JUDICIAL DE BRIVIESCA - EN LA ACTUALIDAD :

- Abajas
- Aguas Cándidas
- Aguilar de Bureba
- Alcocero de Mola (antes P.J. de Belorado).
- Arraya de Oca (antes P.J. de Belorado).
- Bañuelos de Bureba
- Barrios de Bureba, Los
- Bascuñana (antes P.J. de Belorado).
- Belorado (antes P.J. de Belorado).
- Berzosa de Bureba
- Briviesca
- Busto de Bureba
- Cantabrana
- Carcedo de Bureba
- Carrias (antes P.J. de Belorado).
- Cascajares de Bureba
- Castil de Peones
- Castildelgado (antes P.J. de Belorado).
- Cerezo de Río Tirón (antes P.J. de Belorado).
- Cerratón de Juarros (antes P.J. de Belorado).
- Cubo de Bureba
- Espinosa del Camino (antes P.J. de Belorado).
- Fresneda de la Sierra Tirón (antes P.J. de Belorado).
- Fresneña (antes P.J. de Belorado).
- Fresno de Río Tirón (antes P.J. de Belorado).
- Fuentebureba
- Galbarros
- Grisaleña
- Ibrillos (antes P.J. de Belorado).
- Llano de Bureba
- Monasterio de Rodilla
- Navas de Bureba
- Oña
- Padrones de Bureba
- Piérnigas
- Poza de la Sal
- Prádanos de Bureba
- Pradoluengo (antes P.J. de Belorado).
- Quintanabureba
- Quintanaélez
- Quintanavides
- Quintanilla San García
- Rábanos (antes P.J. de Belorado).
- Redecilla del Camino (antes P.J. de Belorado).
- Redecilla del Campo (antes P.J. de Belorado).
- Reinoso
- Rojas
- Rublacedo de Abajo
- Rucandio
- Salas de Bureba
- Salinillas de Bureba
- San Vicente del Valle (antes P.J. de Belorado).
- Santa Cruz del Valle Urbión (antes P.J. de Belorado).
- Santa María del Invierno
- Santa Olalla de Bureba
- Tosantos (antes P.J. de Belorado).
- Vallarta de Bureba
- Valle de Oca (antes P.J. de Belorado).
- Valmala (antes P.J. de Belorado).
- Vid de Bureba, La
- Vileña
- Villaescusa la Sombría (antes P.J. de Belorado).
- Villafranca Montes de Oca (antes P.J. de Belorado).
- Villagalijo (antes P.J. de Belorado).
- Villambistia (antes P.J. de Belorado).
- Viloria de Rioja (antes P.J. de Belorado).
- Zuñeda

(Fuente: "Consejo General de Procuradores de España", 2021).

 

6. Organización eclesiástica

 

6.1 El arcedianato de Briviesca

Expresión de la organización jurisdiccional eclesiástica dentro de las diócesis hispanas, la institución del “arcedianato” tuvo su origen en los concilios toledanos de época visigótica.

Sabemos que el territorio de la Bureba se incorporó a la -primitiva- sede de Oca en tiempos del obispo Vicente (969–975). Sin embargo, el afianzamiento de la comarca como jurisdicción eclesiástica no se produciría hasta finales del siglo XIII.

Tras el traslado de la sede episcopal desde Oca y Gamonal (1075), se describían varios arcedianatos y abadías seculares repartidos por la diócesis de Burgos. La primera mención documentada del arcedianato de Briviesca la tenemos fechada, el 5 de abril de 1139.

A principios del XIV, el arcedianato burebano comprendía [128] poblaciones y su titular presidía la colegiata de Santa María de Briviesca. En la seo de Burgos éste disponía de asiento en el cabildo -el tercero en importancia, después del deán de la catedral y del arcediano de Burgos- actuando en ella como provisor y fiscal.

Las visitas pastorales hechas (1706) por el obispo de Burgos, Don Manuel Francisco Navarrete, a las distintas jurisdicciones de su diócesis, nos advierten de que el arcedianato de Briviesca estaba -por entonces- conformado por [6] entidades diocesanas menores:

 

  • Arciprestazgo de Briviesca.
  • Arciprestazgo de Belorado.
  • Arciprestazgo de Cerezo.
  • Arciprestazgo de Pancorbo.
  • Arciprestazgo de Frías.
  • Arciprestazgo de Rojas.

 

Abadía o casa rectoral de Salas de Bureba (Jorge Plaza Bárcena).

6.2 Abadías seculares y regulares

De la misma visita del obispo Navarrete, a la abadía de San Millán de Salas de Bureba (1706), se desprende que esta institución secular tuvo bajo su jurisdicción las parroquias de [2] entidades diocesanas:

 

  • Arciprestazgo de Valdivielso.
  • Arciprestazgo de Poza.

 

Al final del siglo XVIII, el Arciprestazgo de Poza había desaparecido, siendo reemplazado por la Vicaría de Salas de Bureba. Esta última se encontraba dividida en dos partidos y con una veintena de localidades bajo su servicio:

 

6.2 VICARÍA DE SALAS DE BUREBA - FINALES DEL S.XVIII :

1. Partido de las Reoyas:

- Poza de la Sal
- Lences de Bureba
- Arconada
- Valdearnedo
- Quintanarruz
- Lermilla
- Abajas
- Bárcena de Bureba
- Castil de Lences.

2. Partido de Caderechas:

- Cantabrana
- Quintanaopio
- Rucandio
- Hozabejas
- Río-Quintanilla
- Anguas Cándidas
- Padrones de Bureba
- Salas de Bureba
- Castellanos de Bureba
- Terminón
- Tamayo
- Bentretea

(Fuente: "Diccionario Geográfico de España. Burgos", 1796).

 

Libre del control metropolitano, el monasterio benedictino de San Salvador de Oña ejerció su jurisdicción sobre muchas parroquias locales (o monasteriales). A comienzos del siglo XVIII, dependían del influyente cenobio oniense más de un centenar de iglesias por el extenso territorio de la diócesis burgalesa (ver mapa) .

Lo mismo sucedería -también por entonces- con las parroquias monasteriales que obedecían a la abadía riojana de San Millán de la Cogolla, entre las cuales se encontraban los templos de San Sebastián de Altable y Santa Marina de Arce, junto a Foncea.

 


 

Autor:

 

Jorge Plaza Bárcena

 

Fuentes:

 

“Génesis Histórica de la provincia de Burgos, sus divisiones administrativas”. Martínez Diez, Gonzalo. Ediciones Aldecoa. Burgos — 1983.

“Pueblos y alfoces burgaleses de la repoblación”. Martínez Diez, Gonzalo. Junta de Castilla y León. Valladolid — 1987.

“Monarquía feudal y organización territorial. Alfoces y merindades en Castilla (siglos X-XV)”. Álvarez Borge, Ignacio. CSIC. Madrid — 1993.

“La Merindad de Bureba y Rioja en la Edad Media (siglo XI — p.m. siglo XIV)”. Antoñanzas, Ana. BROCAR (n. 31, pp. 201–231). Universidad de La Rioja — 2007.

“Libro becerro de las behetrías. Estudio y texto crítico”. Martínez Diez, Gonzalo. Centro de Estudios e Investigación San Isidoro. León — 1981.

“Los territorios de la villas reales de la vieja Castilla, ss. XI-XIV: antecedentes, génesis y evolución”. Monsalvo, José María. ‘Studia Historica. Historia Medieval’ (17/1999, pp. 15–86). Universidad de Salamanca — 1999.

“El concejo castellano: estructura y organización”. Corral García, Esteban. Boletín de la Institución Fernán González (1983/2, a. 62, n. 201, pp. 321–338). Burgos — 1983.

“Visita pastoral del arzobispo Navarrete al arcedianato de Briviesca y otros arciprestazgos, 1706–1709”. Orive Grisaleña, Miguel. Boletín de la Institución Fernán González (1998/1, a. 77, n. 216, pp. 117–146). Burgos — 1998.

“Los arcedianatos y arciprestazgos como instrumentos de consolidación del poder episcopal y afirmación territorial de la diócesis de Burgos (siglos XI-XIV)”. Guijarro González, S. y Simón Valencia, M.E. Revista En la España Medieval (45/2022, pp. 95–119). Ediciones Complutenses. Madrid — 2022.

“La Bureba, estudio geográfico”. Ortega Valcárcel, José. Universidad de Valladolid — 1966.

 

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